Esta guía es orientación informativa en español, no asesoría legal. Si tienes dudas sobre tu caso específico, consulta con un abogado de inmigración con licencia o una organización acreditada por la BIA (Board of Immigration Appeals, la Junta de Apelaciones de Inmigración). Cuando se necesita un abogado, lo decimos claramente.
¿Qué es el EAD y el Formulario I-765?
El EAD (también llamado Formulario I-766) es una tarjeta de plástico con tu foto, nombre y fecha de vencimiento que prueba que tienes autorización legal para trabajar en EE. UU. Tu empleador la revisa cuando llenas el Formulario I-9 al empezar un trabajo nuevo.
El Formulario I-765 es la solicitud que presentas ante USCIS (U.S. Citizenship and Immigration Services, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración) para pedir o renovar ese EAD. Sin la aprobación del I-765, no recibes la tarjeta.
Algunas personas tienen permiso de trabajo automático por su visa o estatus (por ejemplo, residentes permanentes con tarjeta verde). El I-765 lo usan quienes no tienen ese permiso automático pero sí califican para pedirlo. Si no sabes si ya tienes autorización de trabajo, consulta las instrucciones del I-765 en uscis.gov/i-765 o habla con un abogado.
¿Quién generalmente necesita el I-765?
Las categorías más comunes de personas que presentan el I-765 son:
- Solicitantes de asilo con I-589 pendiente (categoría (c)(8)): si llevas 180 días o más esperando decisión en tu caso de asilo, puedes calificar.
- Personas con solicitud de residencia permanente (I-485) pendiente (categoría (c)(9)): si ya presentaste tu I-485 (la solicitud de tarjeta verde), puedes pedir el EAD al mismo tiempo o con el recibo de tu I-485.
- Beneficiarios de TPS (Temporary Protected Status, Estatus de Protección Temporal): con I-821 aprobado, categoría (a)(12); con I-821 pendiente, categoría (c)(19).
- Beneficiarios de DACA (Deferred Action for Childhood Arrivals, acción diferida para quienes llegaron de niños), categoría (c)(33): debes presentar el I-765 junto con el Formulario I-821D.
- Refugiados y asilados aprobados, bajo sus categorías (a)(3) y (a)(5) respectivamente.
La lista completa de categorías está en las instrucciones oficiales del I-765 en uscis.gov/i-765 y en el reglamento federal 8 CFR 274a.12. Elegir la categoría correcta es fundamental: la incorrecta causa rechazo automático. Si tienes dudas, consulta con un profesional antes de enviar.
Explora también la guía de trámites de USCIS para entender cómo funcionan estos procesos en general.
Cuánto cuesta y si puedes pedir exención de la tarifa
La tarifa del I-765 varía según tu categoría de elegibilidad y cambió en 2025 con la ley H.R. 1 (Pub. L. 119-21). Como las tarifas se actualizan, no te guíes por un monto fijo: confirma siempre la cantidad exacta usando el calculador oficial de tarifas de USCIS o revisando la lista G-1055 (publicada el 29 de mayo de 2026).
Si no puedes pagar la tarifa regulatoria de USCIS, puedes solicitar una exención presentando el Formulario I-912 (Request for Fee Waiver) junto con tu I-765, siempre que demuestres ingresos bajos, que recibes ciertos beneficios públicos o que hay dificultad económica extrema.
Dos excepciones importantes que debes conocer:
- Las cuotas nuevas creadas por H.R. 1 para categorías como (c)(8) asilo pendiente y (c)(19) TPS pendiente no pueden exentarse, aunque la cuota regulatoria separada de USCIS sí podría tener exención.
- La categoría DACA (c)(33) no es elegible para exención de tarifa bajo ninguna circunstancia.
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Renovación: cuándo presentar y un cambio importante desde octubre de 2025
USCIS recomienda presentar tu renovación del I-765 hasta 180 días (6 meses) antes de que venza tu EAD actual. Renovar con tiempo es más importante que nunca porque desde el 30 de octubre de 2025, USCIS eliminó las extensiones automáticas para solicitudes presentadas en esa fecha o después.
¿Qué significa esto? Antes, si presentabas tu renovación antes de que venciera tu tarjeta, tu autorización de trabajo se extendía automáticamente mientras USCIS procesaba la solicitud. Eso ya no aplica para solicitudes nuevas. Ahora, si tu EAD vence mientras esperas la aprobación, ya no tienes un período de gracia automático para seguir trabajando legalmente.
Si presentaste tu renovación antes del 30 de octubre de 2025, pueden aplicarte reglas distintas. Consulta las instrucciones vigentes en uscis.gov/i-765 para tu situación específica.
Cómo solicitar el EAD paso a paso
- Verifica tu categoría de elegibilidad. Antes de llenar cualquier formulario, confirma cuál es tu categoría. Revisa las instrucciones oficiales del I-765 en uscis.gov/i-765 o consulta con un abogado con licencia. Tu categoría es un código como (c)(9) o (a)(3) que debes anotar en la Parte 2, Pregunta 27 del formulario. Anotar la categoría incorrecta puede llevar al rechazo de tu solicitud.
- Reúne tus documentos de respaldo. Cada categoría requiere documentos específicos. En general necesitarás: copia de tu identificación con foto (pasaporte, visa u otro documento de identidad), copia del documento que respalde tu estatus migratorio actual (por ejemplo, copia del recibo del I-485 si aplicas bajo (c)(9), o del I-589 si aplicas bajo (c)(8)), y dos fotos de pasaporte si presentas en papel. Revisa la lista de evidencia requerida para el I-765 en uscis.gov. No envíes documentos originales a menos que las instrucciones lo pidan específicamente.
- Completa el Formulario I-765 en su edición más reciente. Usa solamente la edición del 21 de agosto de 2025; USCIS rechaza automáticamente ediciones anteriores. Puedes presentar en línea creando una cuenta en el portal myUSCIS en uscis.gov, o en papel por correo. Si imprimes para papel, verifica que todas las páginas sean de la misma edición. El formulario debe estar firmado; sin firma, USCIS lo rechaza de manera automática.
- Calcula y paga la tarifa correcta. Usa el calculador oficial de tarifas para saber cuánto pagar según tu categoría. Si no puedes pagar la tarifa regulatoria, presenta el Formulario I-912 junto con tu I-765. Recuerda que las cuotas nuevas de H.R. 1 no son exenibles y que DACA no califica para exención de ningún tipo.
- Envía la solicitud a la dirección correcta y guarda tu recibo. La dirección depende de tu categoría de elegibilidad. Confirma a dónde enviar tu paquete en uscis.gov/i-765-addresses. Cuando USCIS reciba tu solicitud, te enviará un Formulario I-797C (aviso de recibo). Guárdalo: es evidencia de que tu caso está pendiente. Para solicitudes presentadas el 30 de octubre de 2025 o después, este recibo ya no funciona como autorización de trabajo mientras esperas.
- Da seguimiento a tu caso. Verifica el estado de tu caso en egov.uscis.gov/casestatus con el número de recibo de tu I-797C. Después de la aprobación, la tarjeta física EAD tarda aproximadamente dos semanas en producirse. Espera hasta 30 días desde la aprobación antes de contactar a USCIS. Si recibes una RFE (solicitud de evidencia adicional), responde dentro del plazo indicado en la carta.
Errores comunes que debes evitar
Conocer los errores más frecuentes te ahorra meses de retraso:
- Usar una edición desactualizada del I-765. Desde el 21 de agosto de 2025 existe una nueva edición. USCIS rechazará tu solicitud si usas una edición anterior.
- Anotar la categoría de elegibilidad incorrecta en la Parte 2, Pregunta 27. Por ejemplo, refugiados o asilados con I-485 pendiente deben usar (a)(3) o (a)(5) respectivamente, no (c)(9).
- No firmar el formulario. El rechazo es automático tanto en papel como en línea.
- Mezclar páginas de distintas ediciones al imprimir. Todas las páginas deben ser de la misma edición.
- No incluir todos los documentos requeridos. Esto genera una RFE que puede retrasar el proceso varios meses.
- Esperar demasiado para renovar. Sin extensiones automáticas desde octubre de 2025, si tu EAD vence mientras USCIS procesa tu renovación, perderías tu autorización para trabajar.
- Pagar la tarifa incorrecta. Con los cambios de H.R. 1, la tarifa ya no es la misma para todas las categorías. Confirma siempre con el calculador oficial antes de enviar.
- Enviar a la dirección incorrecta. La dirección varía según tu categoría. Revisa uscis.gov/i-765-addresses.
- Enviar documentos originales sin que las instrucciones lo pidan. Solo envía copias salvo que la carta o el formulario lo exija expresamente.
- Confiar en un "notario" creyendo que es abogado. En Estados Unidos, un notary public (notario) no está autorizado para dar asesoría legal. Aprende a reconocer el fraude de notarios antes de pagar a alguien por ayuda.
¿Cuándo conviene un abogado?
Muchos casos del I-765 son directos, pero conviene buscar ayuda legal con licencia cuando:
- No estás seguro de cuál es tu categoría de elegibilidad correcta.
- Tienes antecedentes penales, problemas de estatus anterior o un caso complicado.
- Recibiste un rechazo o una RFE y no entiendes qué te piden.
- Tu EAD está a punto de vencer y no sabes si alcanzas a renovarlo a tiempo.
Para tu caso específico, consulta con un abogado de inmigración con licencia o una organización acreditada por la BIA. Lee también la guía de derechos del inmigrante para conocer las protecciones que te corresponden mientras tu caso está pendiente.
Cómo te ayuda Conexión-es
No tienes que descifrar el I-765 solo y en inglés. La app te acompaña en español, a cualquier hora.
- Asistente en español, gratis, que te explica en palabras simples qué pide cada sección del formulario y qué tipo de documentos suele requerir tu categoría.
- Sigue el estatus de tu caso con tu número de recibo (el que viene en tu I-797C), para enterarte cuando USCIS lo actualice.
- Formularios de USCIS explicados en español (como el I-765, I-485, I-130 y N-400), para que entiendas el proceso detrás de tu trámite.
- Cuando se necesita un abogado, te lo decimos primero, y te orientamos sobre cómo buscar ayuda legal con licencia o una organización acreditada por la BIA.
La app es privada por diseño: nunca te pregunta tu estatus migratorio, no vende tus datos y no guarda lo que escribes en los sitios del gobierno.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el EAD y para qué sirve?
El EAD (Employment Authorization Document), también llamado tarjeta de permiso de trabajo, es una tarjeta oficial del gobierno de EE. UU. que comprueba que tienes autorización legal para trabajar. Se la presentas a tu empleador cuando completas el formulario I-9 al comenzar un trabajo. Para obtenerlo, presentas el Formulario I-765 ante USCIS. Conexión-es ofrece orientación informativa, no asesoría legal, y no está afiliada con USCIS ni con ninguna agencia del gobierno. Para tu caso específico, consulta con un abogado con licencia.
¿Quién generalmente necesita presentar el Formulario I-765?
Personas que no tienen permiso de trabajo automático por su estatus migratorio y que sí califican para solicitarlo. Algunos ejemplos comunes: solicitantes de asilo con el Formulario I-589 pendiente (categoría (c)(8)), personas con solicitud de residencia permanente pendiente (I-485, categoría (c)(9)), beneficiarios de TPS (Estatus de Protección Temporal, categorías (a)(12) o (c)(19)), y beneficiarios de DACA (categoría (c)(33)). Refugiados y asilados aprobados también presentan el I-765 bajo sus propias categorías. La lista completa de categorías está en las instrucciones oficiales del formulario en uscis.gov/i-765.
¿Cómo sé cuál es mi categoría de elegibilidad?
La categoría de elegibilidad es un código entre paréntesis como (c)(9) o (a)(3). Está basada en tu situación migratoria actual. Las instrucciones del Formulario I-765 en uscis.gov/i-765 incluyen una lista completa de categorías. También puedes encontrarlas en la sección 274a.12 del Título 8 del Código de Regulaciones Federales (8 CFR 274a.12). Anotar la categoría incorrecta puede causar el rechazo de tu solicitud, por lo que si tienes dudas, es importante consultar con un abogado con licencia o un representante acreditado.
¿Cuánto cuesta presentar el I-765 y puedo pedir exención de la tarifa?
La tarifa varía según tu categoría de elegibilidad y cambió en 2025 con la ley H.R. 1. La tarifa actual y exacta está en uscis.gov/feecalculator y en la lista G-1055 publicada el 29 de mayo de 2026. Algunas categorías pueden solicitar exención de la cuota de USCIS con el Formulario I-912 si no pueden pagar. Sin embargo, las nuevas cuotas creadas por H.R. 1 para categorías como (c)(8) asilo pendiente y (c)(19) TPS pendiente no pueden exentarse. La categoría DACA (c)(33) tampoco es elegible para exención de tarifa.
¿Con cuánta anticipación debo renovar mi EAD y qué cambió con las extensiones automáticas?
USCIS recomienda presentar el I-765 de renovación hasta 180 días (6 meses) antes de que venza tu EAD actual. Un cambio importante: desde el 30 de octubre de 2025, USCIS eliminó las extensiones automáticas para solicitudes de renovación presentadas en esa fecha o después. Esto significa que cuando tu EAD venza, ya no tendrás un período automático de gracia para seguir trabajando mientras USCIS procesa tu renovación. Por eso es fundamental renovar con tiempo. Personas que presentaron su renovación antes del 30 de octubre de 2025 pueden tener distintas reglas; consulta las instrucciones oficiales en uscis.gov/i-765.
Conexión-es ofrece orientación informativa, no asesoría legal. No está afiliada con USCIS, inmigración, CBP ni con ninguna agencia del gobierno de Estados Unidos. Para tu caso específico, consulta con un abogado con licencia. Cuando se necesita un abogado, lo decimos.
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