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Qué es la exención de tarifas de USCIS (fee waiver, I-912) y cómo pedirla

Las tarifas de inmigración pueden ser una barrera real cuando los recursos no alcanzan. USCIS tiene un proceso oficial para pedirte que no pagues: se llama exención de tarifa (fee waiver) y se tramita con el Formulario I-912. Esta guía te explica qué es, quién califica, qué documentos necesitas y cómo armar el paquete para que no te lo rechacen.

Esta guía es orientación informativa en español, no asesoría legal. Te ayuda a entender cómo funciona el proceso antes de decidir tu siguiente paso. Para tu caso específico, consulta siempre con un abogado con licencia o una organización acreditada por la BIA (Junta de Apelaciones de Inmigración, la entidad federal que supervisa la representación legal en casos de inmigración).

¿Qué es la exención de tarifa de USCIS y qué no es?

La exención de tarifa (fee waiver, en inglés) es un permiso oficial que te da USCIS para no pagar la tarifa de presentación de ciertos formularios de inmigración, cuando puedes demostrar que no tienes los recursos económicos para hacerlo. Se solicita con el Formulario I-912 (Request for Fee Waiver, solicitud de exención de tarifa).

Si USCIS aprueba tu solicitud, puedes presentar tu trámite sin pagar esa tarifa. Si la deniega, puedes presentar de nuevo con más documentación o pagar la tarifa y continuar.

Dos cosas que la exención NO hace:

Para ver los montos exactos de las tarifas actuales, consulta directamente el horario de tarifas oficial en uscis.gov/g-1055, ya que las cantidades cambian periódicamente.

Las tres bases de elegibilidad: basta cumplir una

USCIS acepta tres razones distintas para aprobar una exención de tarifa. No necesitas cumplir las tres: basta con demostrar una sola de ellas claramente.

  1. Recibes un beneficio sujeto a prueba de medios (means-tested benefit). Esto significa que tú o alguien en tu hogar recibe actualmente un programa de asistencia del gobierno que evalúa tus ingresos para otorgarte el beneficio. Algunos ejemplos: Medicaid, CHIP, SNAP (cupones de alimentos), WIC (programa de nutrición para mujeres, bebés y niños), Section 8 (asistencia de vivienda), SSI (Ingreso Suplementario de Seguridad), TANF, LIHEAP (asistencia de energía), y ciertos beneficios para veteranos basados en ingresos.
  2. El ingreso total de tu hogar está en o por debajo del 150% de las Guías Federales de Pobreza (FPG, Federal Poverty Guidelines). Las FPG son tablas que el gobierno actualiza cada año, con montos que varían según el tamaño del hogar. El 150% de esa cifra es el umbral para esta base. Consulta las guías vigentes en el momento en que envías el formulario, no las del año anterior. Una referencia útil está en uscis.gov/i-864p.
  3. Atraviesas una dificultad económica extrema. Esta base cubre situaciones fuera de lo ordinario que impiden pagar la tarifa, como facturas médicas inesperadas u otras emergencias. Debes demostrar concretamente que esa situación te impide pagar, no solo que tienes pocos ingresos en general.

Elige la base que puedas documentar mejor. Si tienes dos bases que aplican, puedes indicar más de una en el formulario.

¿Para cuáles formularios puedo pedir la exención?

No todos los formularios de USCIS permiten la exención de tarifa. Algunos de los más comunes que sí la permiten con el I-912 son:

La lista completa la establece USCIS y puede cambiar. Antes de presentar, verifica siempre en uscis.gov/i-912 que el formulario que quieres presentar está en los elegibles.

Para formularios que no están en esa lista, o para DACA (Acción Diferida para los Llegados en la Infancia), no existe exención de tarifa con el I-912.

Las tarifas de H.R. 1: lo que debes saber antes de presentar

La Ley H.R. 1 (One Big Beautiful Bill Act, Pub. L. 119-21), firmada el 4 de julio de 2025, creó tarifas adicionales para ciertos formularios de inmigración. Estas tarifas nuevas son obligatorias por ley y no se pueden eximir ni reducir, aunque sí califiques para la exención de la tarifa regulatoria del DHS.

Lo que esto significa en la práctica:

Los cargos de H.R. 1 comenzaron a aplicarse para formularios con sello postal del 22 de julio de 2025 en adelante. A partir del 21 de agosto de 2025, los formularios sin la tarifa correcta son rechazados. Consulta la alerta oficial en uscis.gov/newsroom/alerts/uscis-updates-fees-based-on-hr-1 para información actualizada. Descarga la app

Qué documentos necesitas según tu base

Este es el punto donde más se producen rechazos. La regla de oro: toda documentación debe tener menos de 12 meses de antigüedad desde la fecha en que envías el I-912. Si un documento tiene más de un año pero el beneficio sigue vigente, debes incluir evidencia adicional que demuestre que lo sigues recibiendo.

Si tu base es recibir un beneficio sujeto a prueba de medios:

Si tu base es ingresos al 150% de las FPG:

Si tu base es dificultad económica extrema:

Todos los documentos en un idioma distinto al inglés deben ir acompañados de una traducción completa al inglés. El traductor (puede ser alguien competente, no necesariamente un profesional certificado) debe firmar una declaración de que la traducción es completa y precisa, y que tiene competencia para traducir de ese idioma al inglés.

Cómo armar el paquete: 8 pasos

  1. Paso 1: Verifica que tu formulario permite la exención. Entra a uscis.gov/i-912 y confirma que el formulario para el que solicitas (I-485, N-400, I-765, I-821, u otro) está en la lista de elegibles. Si tiene una tarifa de H.R. 1, identifícala desde ahora.
  2. Paso 2: Identifica cuál de las tres bases aplica a tu situación. Elige la base que puedas documentar mejor: beneficio sujeto a prueba de medios, ingresos al 150% FPG, o dificultad económica extrema. Basta con una sola.
  3. Paso 3: Reúne la evidencia según tu base. Sigue los requisitos descritos arriba para cada base. Asegúrate de que cada documento tenga menos de 12 meses de antigüedad desde el día del envío.
  4. Paso 4: Descarga la versión más actual del Formulario I-912. Ve a uscis.gov/i-912 y descarga la versión más reciente (edición del 22 de julio de 2025 o la más actual disponible en ese momento). No uses versiones anteriores: USCIS puede rechazarlas. El formulario también está disponible directamente en uscis.gov/sites/default/files/document/forms/i-912.pdf.
  5. Paso 5: Completa el I-912 sin dejar espacios en blanco requeridos. Indica claramente cuál es tu base de elegibilidad. Incluye la información de todos los miembros del hogar según lo pida el formulario. Firma y fecha: USCIS rechaza cualquier formulario sin firma.
  6. Paso 6: Traduce al inglés cualquier documento en otro idioma. Incluye la certificación firmada del traductor con cada traducción.
  7. Paso 7: Ensambla el paquete completo y envíalo. En el mismo sobre incluye: (1) el Formulario I-912 firmado, (2) el formulario principal de tu solicitud (I-485, N-400, I-765, u otro), (3) toda la evidencia de tu base, (4) las traducciones al inglés con su certificación, y (5) si aplica, el pago separado de la tarifa de H.R. 1. Envía todo a la dirección correcta que indica USCIS para ese formulario específico. Enviar el I-912 solo, sin el formulario principal, es una razón común de rechazo automático.
  8. Paso 8: Conserva copias de todo lo que envías. Guarda una copia de cada formulario y de cada documento de evidencia. Si envías por correo, usa un servicio que confirme entrega. USCIS no envía Solicitudes de Evidencia (RFE) para exenciones de tarifa: la decisión se toma con lo que envías la primera vez. Si tienes alguna duda sobre qué le puede faltar a tu caso, esta es la parte en la que la orientación de un representante acreditado o abogado con licencia puede marcar la diferencia. Lee también la guía de trámites de USCIS para contexto general.

Errores comunes que llevan al rechazo

Si no estás seguro de que tu paquete esté completo, la guía de fraude de notarios te ayuda a identificar a quién sí puede ayudarte, y a evitar a quien cobra por llenar formularios sin autorización.

Nota especial: naturalización (N-400)

Para el N-400 (solicitud de naturalización, es decir, para hacerse ciudadano), el sistema de exención tiene un detalle adicional:

Verifica los montos actuales directamente en uscis.gov/g-1055 (horario de tarifas USCIS, Form G-1055), ya que las tarifas pueden cambiar.

¿Pedir exención puede afectar mi caso de carga pública?

Carga pública (public charge) es el análisis que hace USCIS para determinar si una persona es probable que dependa de ciertos beneficios del gobierno en el futuro. Muchas personas se preguntan si solicitar una exención de tarifa puede afectar esa evaluación.

Solicitar la exención de tarifa con el I-912 generalmente no se considera evidencia negativa en una determinación de carga pública. Sin embargo, si tu argumento para la exención incluye el recibo de ciertos beneficios públicos, eso puede tener implicaciones en el análisis de carga pública dependiendo del formulario y tu categoría migratoria. Este es un tema donde la orientación de un abogado con licencia es especialmente importante. Cuando se necesita un abogado, lo decimos.

Fuentes oficiales para consultar

Cómo te ayuda Conexión-es

No tienes que descifrar el proceso solo y en inglés. La app te acompaña en español, a cualquier hora.

La app es privada por diseño: nunca te pide tu estatus migratorio, no vende tus datos y no guarda lo que escribes en los sitios del gobierno. También puedes leer la guía de permiso de trabajo (EAD, I-765) si ese es el formulario para el que solicitas la exención, o la guía sobre qué es un RFE de USCIS si necesitas entender una solicitud de evidencia. Para términos que no reconoces, el glosario está siempre disponible.

Preguntas frecuentes

¿Qué es la exención de tarifa de USCIS (fee waiver)?

Es un permiso que te da USCIS para no pagar la tarifa de presentación de ciertos formularios de inmigración cuando puedes demostrar que no tienes los recursos económicos para hacerlo. Se solicita con el Formulario I-912 (Request for Fee Waiver). Si USCIS la aprueba, puedes presentar tu solicitud sin pagar esa tarifa. No elimina tu obligación de cumplir con todos los demás requisitos del formulario.

¿Cuáles son las tres formas de demostrar que califico?

Primera: demuestras que tú o alguien en tu hogar recibe actualmente un beneficio sujeto a prueba de medios (means-tested benefit), como Medicaid, SNAP, WIC, Section 8, SSI, o TANF. Segunda: demuestras que el ingreso total de tu hogar está en o por debajo del 150% de las Guías Federales de Pobreza (FPG) vigentes al momento de presentar. Tercera: demuestras que atraviesas una dificultad económica extrema, como una emergencia médica o una situación fuera de lo ordinario que te impide pagar. Basta cumplir una sola de las tres.

¿Qué documentos necesito para cada base?

Para la base de beneficio: documentación oficial de la agencia que otorga el beneficio, con tu nombre, el tipo de beneficio, y la fecha de vigencia actual (no más de 12 meses de antigüedad). Una tarjeta de beneficio sola generalmente no es suficiente. Para la base de ingresos al 150% FPG: tu declaración de impuestos federal más reciente firmada, o una transcripción del IRS, o el formulario W-2 más reciente, o talones de pago de por lo menos un mes dentro de los tres meses previos al envío; se necesita evidencia de cada miembro del hogar. Para la base de dificultad extrema: documentos que demuestren la situación (facturas médicas, cartas de explicación, etc.) y expliquen por qué impiden pagar la tarifa.

¿Para cuáles formularios puedo pedir exención de tarifa?

Algunos de los formularios más comunes que permiten la exención de tarifa DHS con I-912 son: I-90 (reemplazo de tarjeta de residencia), I-485 (ajuste de estatus, solo en ciertas categorías como asilo, Ley Cubana, HRIFA, o Registro), I-765 (autorización de trabajo), I-821 (Estatus de Protección Temporal, TPS), N-400 (naturalización), I-817, I-881, y I-131 (para ciertos tipos de documentos de viaje). La lista completa la establece USCIS. Siempre verifica en uscis.gov/i-912 antes de presentar.

¿Para qué formularios NO puedo pedir exención?

No puedes usar el I-912 si estás solicitando DACA (Deferred Action for Childhood Arrivals). Tampoco puedes eximirte de las tarifas creadas por la Ley H.R. 1 (One Big Beautiful Bill Act, Pub. L. 119-21, firmada el 4 de julio de 2025): esas tarifas adicionales son obligatorias por ley y no pueden reducirse ni eximirse aunque califiques para la exención regular. Si tu formulario tiene una tarifa de H.R. 1, debes pagarla por separado aunque solicites exención de la tarifa regulatoria del DHS. La tarifa de asilo es otro ejemplo de tarifa que no puede eximirse.

¿Qué pasa con las nuevas tarifas de H.R. 1 si califico para exención?

Puedes seguir solicitando la exención de la tarifa regulatoria del DHS para el mismo formulario con el I-912. Pero la tarifa adicional que requiere H.R. 1 la debes pagar de todas formas, por separado, junto con tu I-912 o tu solicitud escrita de exención. Es decir: pueden coexistir un pago obligatorio de H.R. 1 y una exención de la tarifa DHS en la misma presentación.

¿Cuáles son las razones más comunes por las que niegan la exención?

Las más frecuentes son: (1) formulario I-912 incompleto o sin firmar; (2) enviar el I-912 sin el formulario de solicitud principal; (3) no incluir la evidencia requerida o incluir documentos con más de 12 meses de antigüedad sin evidencia adicional que confirme que el beneficio sigue vigente; (4) no incluir la traducción certificada al inglés de documentos en otro idioma; (5) la tarjeta de beneficio no contiene todos los datos requeridos (nombre, agencia, tipo de beneficio, fecha de vigencia); (6) el formulario para el que se solicita la exención no la permite; (7) no incluir la evidencia del ingreso de todos los miembros del hogar cuando se usa la base del 150% FPG; (8) para personas separadas de su cónyuge pero sin separación legal formalizada, no incluir el ingreso del cónyuge. USCIS no envía RFE (solicitud de evidencia adicional) para exenciones de tarifa: la decisión se basa en lo que envías la primera vez.

¿Puedo pedir exención para la naturalización (N-400)?

Sí. Si tu ingreso familiar está por debajo del 150% de la FPG, calificas para exención total con el I-912. Si tu ingreso está entre el 150% y el 400% de la FPG, no hay exención total pero puedes pagar la mitad de la tarifa. Para esa reducción parcial existe un proceso separado. Verifica los montos actuales en uscis.gov/g-1055, ya que las tarifas pueden cambiar.

¿Con qué frecuencia se actualizan las Guías Federales de Pobreza (FPG)?

Las Guías Federales de Pobreza las publica el Departamento de Salud y Servicios Humanos (HHS) cada año, generalmente a principios del año. USCIS las usa para determinar el 150% FPG al momento de presentar tu solicitud. Siempre consulta las guías vigentes en el momento en que envías el formulario, no las del año anterior.

¿Pedir exención de tarifa puede afectar mi caso de carga pública (public charge)?

Solicitar una exención de tarifa de USCIS con el I-912 generalmente NO se considera como evidencia negativa en una determinación de carga pública. Sin embargo, si tu argumento para la exención incluye el recibo de ciertos beneficios públicos, eso puede tener implicaciones en análisis de carga pública dependiendo del formulario y tu categoría. Este es un tema donde la orientación de un abogado con licencia es especialmente importante para tu caso específico. Cuando se necesita un abogado, lo decimos.

Aviso importante

Conexión-es ofrece orientación informativa, no asesoría legal. No está afiliada con USCIS, inmigración, CBP ni con ninguna agencia del gobierno de Estados Unidos. Para tu caso específico, consulta con un abogado con licencia. Cuando se necesita un abogado, lo decimos.

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Sigue aprendiendo: lee también Qué es el permiso de trabajo (EAD, I-765), Qué es un RFE de USCIS y cómo responder y explora todas las guías en nuestro blog.